Dictan la sentencia de prisión permanente para dominicana Ana Julia Quezada por asesinato del niño Gabriel
Madrid (EFE)-. La dominicana Ana Julia Quezada fue condenada este lunes a prisión permanente revisable, la pena más elevada que se aplica en España, por el asesinato del niño Gabriel Cruz, de ocho años, hijo del hombre que entonces era su pareja.
La sentencia de este caso, que conmocionó el año pasado a la sociedad española, fue dictada por un tribunal de Almería (sureste) después de que un jurado popular la declarara culpable el pasado día 19 y los magistrados, además, añaden que cometió el delito con alevosía y la agravante de parentesco.
Asimismo, imponen a la condenada el pago de indemnizaciones por daños morales a los padres del menor en la cantidad de 250.000 euros (245.000 dólares) a cada uno de ellos.
Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros (218.700 dólares).
La sentencia recoge el veredicto de jurado popular, que había declaró probado que la mujer mató de manera "intencionada y súbita" al niño en una finca de campo de la provincia de Almería (sureste español).
En su resolución, consideraron probado que, de forma intencionada, súbita y repentina, la mujer golpeó al niño y después, "procedió la acusada, con sus propias manos a taparle la boca y la nariz con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento" por asfixia.
El menor murió el 27 de febrero de 2018, el mismo día de su desaparición, pero su cadáver fue encontrado en el maletero de un coche que conducía Quezada el 11 de marzo.
Quezada siempre defendió que mató al niño de forma involuntaria, ya que según su versión le tapó la boca para intentar callarle mientras le gritaba insultos denigrantes y no se dio cuenta de que lo estaba asfixiando.
Tras matarlo, lo enterró de forma provisional y al cabo de unos días lo desenterró para llevarlo a otra zona, ya que tenía miedo de que el punto de la primera inhumación fuera registrado.
Sin embargo, los agentes de la Guardia Civil, que ya sospechaban de ella, la siguieron y la detuvieron cuando transportaba el cuerpo en su automóvil.
Hasta entonces, la condenada había mantenido silencio y participado en la búsqueda del menor que las autoridades emprendieron y que se prolongó durante doce días de angustia para su familia.
Por ello, también fue hoy condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor, a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre.
Quezada es la primera mujer condenada en España a prisión permanente revisable, desde que se estableció esta condena en 2015, fruto de una reforma del Código Penal, ya que los otros diez condenados hasta ahora han sido hombres.
La sentencia de este caso, que conmocionó el año pasado a la sociedad española, fue dictada por un tribunal de Almería (sureste) después de que un jurado popular la declarara culpable el pasado día 19 y los magistrados, además, añaden que cometió el delito con alevosía y la agravante de parentesco.
Asimismo, imponen a la condenada el pago de indemnizaciones por daños morales a los padres del menor en la cantidad de 250.000 euros (245.000 dólares) a cada uno de ellos.
Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros (218.700 dólares).
La sentencia recoge el veredicto de jurado popular, que había declaró probado que la mujer mató de manera "intencionada y súbita" al niño en una finca de campo de la provincia de Almería (sureste español).
En su resolución, consideraron probado que, de forma intencionada, súbita y repentina, la mujer golpeó al niño y después, "procedió la acusada, con sus propias manos a taparle la boca y la nariz con fuerza, hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento" por asfixia.
El menor murió el 27 de febrero de 2018, el mismo día de su desaparición, pero su cadáver fue encontrado en el maletero de un coche que conducía Quezada el 11 de marzo.
Quezada siempre defendió que mató al niño de forma involuntaria, ya que según su versión le tapó la boca para intentar callarle mientras le gritaba insultos denigrantes y no se dio cuenta de que lo estaba asfixiando.
Tras matarlo, lo enterró de forma provisional y al cabo de unos días lo desenterró para llevarlo a otra zona, ya que tenía miedo de que el punto de la primera inhumación fuera registrado.
Sin embargo, los agentes de la Guardia Civil, que ya sospechaban de ella, la siguieron y la detuvieron cuando transportaba el cuerpo en su automóvil.
Hasta entonces, la condenada había mantenido silencio y participado en la búsqueda del menor que las autoridades emprendieron y que se prolongó durante doce días de angustia para su familia.
Por ello, también fue hoy condenada por dos delitos de lesiones psíquicas cometidos en las personas de los padres del menor, a tres años de prisión en la persona del padre, por la concurrencia de la agravante de parentesco, y a dos años y nueve meses de prisión en la persona de la madre.
Quezada es la primera mujer condenada en España a prisión permanente revisable, desde que se estableció esta condena en 2015, fruto de una reforma del Código Penal, ya que los otros diez condenados hasta ahora han sido hombres.
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